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Apocalipsis del Sistema
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Parte 17 El turno de preguntas: la vara, el contrato y la intención

Veo manos levantadas. Alguna lleva un buen rato arriba, desde la parte de las presunciones. Es una broma, pero solo a medias, y se lo agradezco.

Antes de dar la palabra, dos cosas.

La primera: las objeciones que van a oír no me las invento yo. La obra escribió ella misma la mejor defensa del Estado, con sus leyes y sus sentencias: veintiocho cuestiones previas antes del juicio, veintiocho cargos y trece objeciones al dictamen. No caben en una tarde. Tomaré las que vengan. Y si alguien trae una que la obra no se hizo, mejor todavía: la apunto.

La segunda: voy a contestar casi siempre igual, en tres pasos. Primero, lo que la obra concede, porque lo concede antes de responder. Después, la respuesta, empezando por la propia ley del Estado. Y al final, lo que no se sabe.

La idea de esta parte cabe en una frase: la otra cara tiene voz, y el método la contesta siempre de la misma manera.

Adelante.

Empieza un señor de la primera fila, con un cuaderno lleno de notas. Dice que la vara la ha puesto el autor, y que quien elige la vara elige el resultado. Y añade que el Estado es aconfesional: no se le puede medir con la Biblia.

En lo primero tiene razón, y la obra lo dice: la vara es una elección. Por eso la declaró antes de medir, para que cada uno la conozca y pueda rechazarla. La Constitución tampoco es neutral: «propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político».

En lo segundo, la defensa cita bien el artículo: «Ninguna confesión tendrá carácter estatal». Pero el mismo artículo sigue: «Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española». La obra no le pide al Estado que adopte una fe, ni dice que una tradición sea verdadera y las demás falsas. Constata un hecho: la diferencia entre la dignidad y su atropello aparece en civilizaciones sin contacto documentado entre sí. Y eso que encuentra es lo que la Constitución llama «dignidad de la persona».

¿Lo que no se sabe? Si usted comparte la vara. Eso es suyo, y la obra lo respeta. Por eso pone cada dato con su fuente: así el dato «sirve con cualquier vara».

Ahora, una estudiante de Derecho. Lo dice ella misma. En su facultad le enseñan que una ley vale porque la dicta quien tiene competencia, por el procedimiento debido. Que la ley natural no se lleva a un juzgado. Y que una sociedad de millones de personas necesita leyes escritas, iguales para todos.

Le concedo las tres cosas, porque la obra las concede. En un pleito, el juez resuelve con la ley escrita, y la obra no lo discute. Pero el juicio de la verdad no es un pleito. Y una sociedad grande necesita ley escrita: la codificación trajo la igualdad ante la ley y acabó con la maraña de fueros y privilegios. La obra no propone abolirla.

Lo que discute es el orden, y lo discute con la propia ley. La Constitución reconoce algo que ella no crea: «La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes». Lo inherente no lo da la ley: lo reconoce. Y aun así, el Código Civil pone en el último lugar los principios por los que entra la ley natural: se aplican cuando no hay ley ni costumbre.

A la costumbre injusta la ley ya le pone un filtro: solo vale si no es «contraria a la moral o al orden público» y si «resulte probada». Y la costumbre no es cosa del pasado. El xeer (el derecho de costumbre, oral, de los somalíes) sigue en uso, y la UNESCO inscribió en 2024 el de las comunidades issa. En Nueva Zelanda, el Tribunal Supremo declaró en 2022 que el tikanga (el orden de costumbre maorí) ha sido y seguirá siendo reconocido en su derecho.

Pero fíjense en la otra cara, que la obra dice enseguida: quien lo reconoce es un tribunal del Estado. «Lo que el ejemplo muestra es que la costumbre sigue viva en un Estado moderno, no que esté por encima de su ley».

Y lo que la obra no puede decir es que la ley natural esté fuera. Entra, aunque entre la última. «Lo que la obra mide es el orden, no la ausencia».

Al fondo, un hombre mayor. Dice que él votó la Constitución en 1978. Que ese es el contrato. Y que quien vive aquí consiente: lo dijo Locke.

Empiezo por lo que concede la obra, que es mucho: «el pacto de 1978 fue real: lo redactó una ponencia de siete diputados, lo votó una amplia mayoría y se ratificó en referéndum». Usted lo votó, y ese voto vale.

Y la cita de Locke es exacta. Quien disfruta de cualquier parte de los dominios de un gobierno «da con ello su consentimiento tácito», aunque sea por «un alojamiento por una semana». Es la mejor defensa que tiene el contrato, y se la debía desde que hablamos de él.

Hume la contestó, y la obra recoge su respuesta: «¿Podemos decir en serio que un pobre campesino o artesano tiene libertad para elegir dejar su país […]?». Y puso una imagen. Sería como decir que consiente el mando del capitán quien sigue en un barco al que lo subieron dormido, y del que solo podría salir saltando al océano.

Con su propia ley, el Estado no puede tenerlo todo. Si la Constitución es un contrato, el Código Civil no admite contrato sin «Consentimiento de los contratantes». Y si no lo es, no se puede invocar como si se hubiera consentido. La obra lo dice así: «El Estado no puede tener las dos cosas: invocar el pacto para exigir y negar que lo sea para responder».

¿Y su voto, caballero? Vale, se lo repito. Lo que la obra pregunta es por el de quien en 1978 no tenía edad, o nació después. «La obra concede el consenso; discute que obligue a quien no lo votó». Y lo que no sabe, ni puede saber, es qué votaría hoy la mayoría. «Prueba que el consentimiento de quien no votó se presume».

El mismo señor no se sienta. Ningún Estado del mundo, dice, tiene un título superior, y no le hace falta. Y nadie puede declararse exento de la ley.

En lo segundo, la obra le da la razón entera, para el ciudadano. En 2017, en Australia, los tribunales no dieron la razón a quienes se habían proclamado provincia por su cuenta, y la obra descarta ese camino. En lo primero, también le da la razón, y es justo lo que ella dice: «Ningún título superior lo crea: se lo da él mismo». Por eso la obra no proclama nada. Hace otra cosa: pregunta, presunción por presunción, cuál es la piedra que la sostiene.

Ahora, una señora que trabaja en un ayuntamiento. Lo dice despacio. Cuando aquí se habla de Legión y del padre de la mentira, dice, la están llamando demonio. A ella, que atiende una ventanilla cada mañana.

Gracias. Es la pregunta que más cuesta oír, y la que más hacía falta.

La obra concede lo que usted siente: «la imagen es dura, y puede herir a quien sirve bien dentro de la institución». Por eso va siempre marcada como lectura del autor, y nunca se dirige a una persona. Su regla de lectura es de san Agustín: los hijos del diablo lo son «imitándolo, no naciendo de él», y «no os fijéis en la naturaleza, sino en la tara». Describe actos, no personas. Usted no es la máscara. Es una de las personas que la llevan puesta.

Y el Estado diría algo más, con razón: que tiene cuerpo, porque sus cargos responden. La Administración indemniza los daños que causa, y la autoridad que dicta una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia comete un delito. La obra lo concede: «el mal no está en la máscara, sino en la máscara sin responsabilidad».

Lo que señala es dónde se queda la máscara. Las reglas del Código Penal sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas «no serán aplicables al Estado». El Estado no puede ser declarado en concurso. Y por el daño de un servicio público, el ciudadano reclama a la Administración, no al funcionario. La obra lo resume así: «La responsabilidad se va hacia arriba, a la máscara, o hacia abajo, al que obedecía».

Y fíjense en lo que acaba de hacer la señora. Ha preguntado en voz alta, delante de todos, a quien hablaba. Es exactamente lo que pide la obra.

Un joven con sudadera, en el pasillo. Dice que todo esto le suena a teoría de la conspiración. ¿Hay un plan para empobrecernos, o no?

No hay prueba de un plan, y la obra no lo afirma. Lo dijo en los frutos, y lo repito: lo que encontró es un «patrón documentado, sin intención probada». Solo cambiaría con una fuente que mostrara una declaración o una coordinación, y esa fuente no está.

Pero no le hace falta. El efecto se mide igual, se haya buscado o no. «Lo verificable basta: quién crea el dinero, quién gana con su pérdida de valor y qué pago tiene prioridad absoluta».

El joven insiste: ¿y si la desconfianza en las instituciones es otro sesgo, como la ilusión del declive moral? La obra la llama la objeción más seria, y la acepta como riesgo. Por eso no se apoya en impresiones. Se apoya en hechos con fuente: cincuenta y nueve amparos admitidos de más de nueve mil, o más de treinta y dos mil personas que murieron esperando la dependencia. El sesgo existe, dice la obra, «también en quien escribe. La defensa contra él es la fuente, no la impresión».

Un señor con corbata, en la segunda fila. Si el poder vive de la creencia, dice, y usted enseña a retirarla, está invitando a desobedecer. En España no existe un derecho de rebelión. Y anunciar el final de una forma de gobierno es lo mismo, con más palabras.

Aquí la defensa aguanta entera, y la obra la suscribe. La Constitución no recoge un derecho de resistencia, y la obra no lo reclama. Otras democracias, como la alemana, lo escribieron; la española, no. Y la ley obliga a todos: «Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico». Eso vale para el autor, para mí y para cada uno de ustedes.

La obra no propone la rebelión ni la desobediencia, y su dictamen no exime a nadie de ninguna obligación. El final que anuncia es el de una forma de gobierno, no el de la comunidad, el orden o la ley, y lo dice como lectura del autor. El camino que propone es el que la ley ya ofrece: la pregunta por escrito, la invitación a cambiar, y la revisión total que la propia Constitución dejó abierta.

Lo que se retira, en la lectura del autor, es la creencia sin comprobar, y lo que ocupa su sitio es el conocimiento. El ejemplo que cita la obra va en esa dirección: un experimento con dos grupos de muchachos enfrentados, que no se reconciliaron por el simple contacto, sino con metas comunes.

Y una cosa más, del mismo artículo que cita la defensa. Dice: «Los ciudadanos y los poderes públicos». La misma vara, para los dos lados.

Aquí hacemos una pausa. Quedan manos arriba, y las apunto: son las de las cifras y los cargos, los frutos, el dictamen, la auditoría y el juicio. Las oímos a la vuelta.

Para el descanso les dejo una pregunta: de las voces que han oído, ¿cuál se parecía más a la suya?